El falso autónomo constituye una figura que se encuentra registrada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero que a pesar de ello, realizan servicios para una empresa, es decir, también encajan en la figura de trabajadores por cuenta ajena.
Por consiguiente, se les da la denominación de ”falsos autónomos” puesto que son considerados autónomos pero no cuentan con autonomía en sus actividades, por lo que es una situación falsa ya que necesitan de las instrucciones de los directivos de la empresa al estar trabajando para la misma, esto quiere decir que actúan como un empleado más.
En este sentido, tener un trabajador que “actúa por cuenta propia” (autónomo) pero que realiza actividades que se adjudican a un trabajador por cuenta ajena implica un fraude de ley que podría ocasionar consecuencias bastante graves para la empresa que contrata los servicios de este “autónomo”.
En cuanto a la vida laboral de estos trabajadores, al encontrarse en una situación que supone un fraude de ley, esto supone también importantes consecuencias debido a su obligatoriedad de cotizar en el RETA, así como presentar las correspondientes declaraciones del IVA o no disponer de permisos retribuidos ni de un salario mínimo garantizado.
¿Cómo saber si eres un falso autónomo?
Para tener claro quién entra dentro de lo considerado como “falso autónomo” existen una serie de características representativas de estas figuras que te pueden servir de ayuda para ser consciente de la situación en la que te encuentras. Para ello, el Estatuto de los Trabajadores establece una definición de trabajador por cuenta ajena y el Estatuto del Trabajo Autónomo por cuenta propia. No obstante, a continuación se exponen una serie de características que acompañan a esta figura:
- Las instrucciones y directrices a desempeñar en el desarrollo de sus actividades vienen dadas por la empresa.
- De igual modo, el salario que percibe el falso autónomo lo estipula la empresa.
- Existe dependencia por parte del falso autónomo hacia la empresa, puesto que al realizar servicios por cuenta ajena se convierte en un trabajador por cuenta ajena.
- Igualmente, para el desarrollo de sus actividades, esta figura debe utilizar los medios y procedimientos productivos de la empresa a la que presta sus servicios.
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