Las sociedades mercantiles y personas jurídicas en general que operen en los mercados financieros estarán obligadas a partir del próximo mes de noviembre a solicitar y obtener ante el Registro Mercantil correspondiente el nuevo Código LEI en cumplimiento de las últimas directrices establecidas por la Unión Europea en su artículo 26 MiFIR.
Desde Arrabe Asesores, como asesores especializados en gestión de empresas, hemos elaborado una sencilla guía con todo lo que necesitan saber sobre esta nueva obligación.
¿Quiénes tienen que solicitar el LEI?
Deben solicitar la LEI todas las personas jurídicas que participan en los mercados financieros debiendo facilitar su LEI a las empresas de servicios de inversión y a las entidades de crédito que ejecuten transacciones sobre instrumentos financieros para que éstas puedan identificarles antes de ejecutar las operaciones. Así, si el cliente no facilita su LEI, no se podrán ejecutar las operaciones instruidas.
¿Cuándo hay que tener el LEI?
Las personas jurídicas que necesiten el LEI para ejecutar sus operaciones tendrán que haber realizado todos los trámites necesarios para obtenerlo teniendo en cuenta dos fechas claves (desde las cuales es obligatorio):
- 1 de noviembre de 2.017: Los clientes que operen con derivados (ya sean de mercado organizado u OTCs) y con seguros de cambio: Cuentas 49 y 89.
- 3 de enero de 2.018: Los clientes que operen con renta variable, por ejemplo acciones, ETFs, warrants, etc. y renta fija, por ejemplo bonos, pagarés, etc.: cuentas 01 y 47.
¿Quién emite el número LEI?
La emisión y gestión de LEI en España ha sido confiada a los registradores mercantiles de los Registros Mercantiles de cada provincia donde estén domiciliadas las empresas en cuestión.
¿Cómo puede obtener el número LEI?
Si su empresa está sujeta a dicha obligación por esta nueva normativa obligatoria y requiere de la obtención del número LEI, puede ponerse en contacto con nuestro Despacho para solicitar la tramitación de dicho número encargándonos de realizar todas las gestiones y trámites necesarios para su obtención.
Si tiene alguna duda al respecto, puede ponerse en contacto con nuestro Despacho en el teléfono 91.714.04.89
Sobre Arrabe Asesores S.A.
Arrabe Asesores, fundada en 1964, ha desarrollado y mantiene relaciones sólidas, construídas sobre una total confianza, con más de 1.200 clientes, fidelizados a partir del espíritu de servicio, profesionalidad y eficacia.
Ofrece un servicio multidisciplinar de asesores especializados, haciendo que las empresas que confían en Arrabe sean más competitivas. Basicamente sus áreas de actividad son: Asesoramiento contable, Fiscal, Legal y Laboral, cubriendo también todas las acciones relacionadas con la Seguridad Social, Administraciones Locales y Seguros, Puesta en Marcha de Empresas, Domiciliaciones Societarias…
Arrabe Asesores S. A. forma parte de TIAG (The International Accounting Group-Grupo Internacional de Contabilidad), la mayor alianza mundial de compañías de asesoramiento contable, de forma que ya ofrece cobertura a sus clientes en Estados Unidos, Brasil, Portugal y A ngola. Sólo otra empresa española forma parte de esta red.
Adicionalmente, mantiene acuerdos con profesionales en otras materias complementarias como notarios, peritos, expertos informáticos, empresas de trabajo temporal, asesores financieros, procuradores, agentes para Patentes y Marcas…
Una inversión constante en innovación, un gran equipo profesional, su red internacional y su labor como empresa pionera en gestionar la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) han hecho de Arrabe Asesores una de las pymes familiares más destacadas de la Comunidad de Madrid.
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Departamento de Comunicación Arrabe Asesores
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