Tipos de Seguros al Alquilar un Coche

Tipos de Seguros al Alquilar un Coche

Tipos de Seguros al Alquilar un Coche

Viajes

Ante la posibilidad de realizar un viaje tenemos son muchas las opciones que tenemos para elegir como medio de transporte: avión, autobús, tren, barco o coche, y dependiendo del gusto y de las necesidades se elegirá uno u otro.

A día de hoy, la opción de alquilar autos está creciendo como la espuma, haciéndose popular entre los usuarios. Con este método de transporte el viajero consigue autonomía a la hora de distribuirse sus actividades diarias, ya que no está presionado por horarios fijos de trenes o autobuses. También da sensación de libertad, por ejemplo, te da oportunidad de conocer pueblos cercanos al lugar elegido que suelen estar a pocos kilómetros de la ciudad.

A la hora de la verdad, cuando vamos a alquilar un coche, tenemos que tener cuidado con el seguro que contratamos. Tenemos que estar seguros de que esas coberturas cubren lo que necesitamos para evitar complicaciones en el caso de cualquier imprevisto. Es obligatorio que contratemos este servicio, pero existen diversas coberturas que ponemos incluir o rechazar y son las siguientes:

CDW (collision Demage Waiver). No es un seguro como tal pero sí es una cláusula del mismo. Es la opción más elegida por los clientes cuando van a contratar el servicio de alquilar un coche y con ella se pretende limitar la responsabilidad del conductor a la hora de cualquier incidente. En ningún caso el cliente tendrá que abonar el coste de la totalidad de los daños y podemos encontrar dos posibles variantes: CDW con Franquicia y CDW sin Franquicia.

  1. CDW con Franquicia. Con esta opción los daños causados al vehículos correrían a cuenta del usuario, y si exceden de cierta cantidad también de la franquicia. Es ésta la que antes de firmar el contrato estipula un desembolso máximo que el cliente tendría que abonar en el caso de accidente. Para explicarlo mejor, en el caso de que la aseguradora sea de 800€, el límite a pagar por el arrendatario sería de 800€.El resto de los daños por cubrir pasarían a cuenta de la empresa franquiciada. Con este tipo de contrato se pretende limitar la responsabilidad del cliente.
  2. CDW sin Franquicia. También se le conoce como seguro a todo riesgo sin exclusiones. Es muy similar al anterior pero la diferencia consiste en que aquí el seguro sólo te cubre los daños de ciertas partes del vehículo, como la luna, las ruedas, el retrovisor la pérdida de llave, etcétera. En el caso de que el daño afectara en las partes no cubiertas, el pago de las mismas pasarían por abonarlas el arrendatario.

TP (Theft Protection) es otra cobertura muy elegida por los usuarios. Se centra más en el robo del vehículo y no tanto en los daños físicos que se le puedan ocurrir al mismo. La aseguradora cubre con el valor del vehículo en el caso de que sea robado a no ser que esté contratado con una franquicia, en cuyo caso el arrendatario tendría que pagar el máximo estipulado cuando se firmó el contrato.

Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio. Con las tarifas que las empresas de alquiler de coches ponen a sus servicios ya están incluidos los costes de este seguro, ya que por ley es el arrendador el que se hace responsable.

A parte de estas coberturas básicas también existen otras coberturas adicionales que nos pueden venir bien a la hora de alquilar un coche, por lo que es conveniente que las analicemos todas ampliar o no el seguro contratado. Teniendo en cuenta siempre, que a más coberturas contratadas, más alta será la cuantía total a pagar.

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