¿Por qué le han notificado una liquidación complementaria?
La situación de crisis actual hace que las compraventas de inmuebles se estén formalizando a unos precios muy inferiores a los que había hace años. Sin embargo, el afán recaudatorio de la Administración hace que revisen tal valor y emitan una liquidación complementaria, exigiendo una cuantía adicional de impuesto, más intereses de demora.
¿Qué se puede hacer?
http://www.valtasa.es/Pericialcontradictoria.htm
Lo primero es siempre presentar alegaciones a la valoración de la administración, indicando bien claro que NOS RESERVAMOS EL DERECHO A LA TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA
Cuando contesten a nuestra alegaciones, ya sea en sentido positivo, como en negativo, comunicaremos a la administración que queremos presentar la TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA.
una vez presentada la solicitud, nos requerirán para que nombremos un perito y aportemos la valoración realizada por él.
Este perito deberá tener título adecuado y el pago de sus honorarios correrá a nuestro cargo.
Si la valoración del perito es diferente de la de la Administración puede ocurrir:
- Si la diferencia entre las valoraciones de ambos peritos es igual o inferior a al 10% (con un máximo de 120.000€) de la valoración de nuestro perito, esta sirve de base para la liquidación.
- Si la diferencia es superior a la indicada, la Administración nombrará un tercer perito independiente.
La valoración del tercer perito servirá de base para la liquidación, con los límites del valor declarado y el comprobado inicialmente por la Administración.
Los honorarios del tercer perito serán a nuestro cargo si su valoración es superior en un 20% a la que declaramos. Si es inferior, a cargo de la Administración.
Fijado el valor del inmueble, la Administración procederá a notificar la nueva liquidación (Si procede)